El Ayuntamiento da apoyo a personas autónomas y microempresas para solicitar nuevas ayudas Desde el pasado 31 de julio, las personas trabajadoras autónomas y las microempresas pueden solicitar nuevas ayudas a través de MolletHub. El plazo de solicitudes finalizará el 30 de septiembre de 2020. https://www.molletvalles.cat/@@site-logo/logo-mollet-del-valles-blanc.svg

El Ayuntamiento da apoyo a personas autónomas y microempresas para solicitar nuevas ayudas

Desde el pasado 31 de julio, las personas trabajadoras autónomas y las microempresas pueden solicitar nuevas ayudas a través de MolletHub. El plazo de solicitudes finalizará el 30 de septiembre de 2020.

El Ayuntamiento da apoyo a personas autónomas y microempresas para solicitar nuevas ayudas.

Desde el Ayuntamiento de Mollet del Vallés, a través del MolletHub, se informa y se da apoyo a todas las personas trabajadoras autónomas y las microempresas que quieran pedir las ayudas que ofrece la Generalitat de Cataluña desde el pasado 31 de julio.

Acciones subvencionables
Son subvencionables los costes laborales de los trabajadores que formen parte de la plantilla de las entidades beneficiarias, hasta un máximo de 3, por un período de seis meses desde el reinicio de la actividad.

La cantidad de la subvención a otorgar es un módulo económico equivalente al 50% del salario mínimo interprofesional vigente en el momento de publicarse este Decreto Ley, cuyo importe se publicará en la convocatoria extraordinaria.

Quién lo puede solicitar?
Microempresas y personas trabajadoras autónomas dadas de alta en el RETA que hayan visto suspendida su actividad por razón de la declaración del estado de alarma, regulado en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Cantidad de la ayuda
A efectos de determinar la cantidad de la ayuda, se contabilizará un máximo de 3 personas de la plantilla.

Para que la actuación sea subvencionable, las entidades beneficiarias han de mantener el 100% la plantilla que tenían en el momento en que se declaró el estado de alarma, como mínimo, durante los doce meses siguientes al otorgamiento de la ayuda para el reinicio de la actividad.

Requisitos

a) Ser persona trabajadora autónoma o microempresa que ocupen hasta 10 personas (volumen de negocio anual que no supere los 2 millones de euros), constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Cataluña. incluyen:

• Sociedades mercantiles
• Sociedades cooperativas
• Sociedades laborales
• Sociedades civiles privadas
• Comunidades de bienes que ocupen hasta 10 trabajadores

Quedan excluidas las personas miembros de órganos de administración de sociedades, personas socias de cooperativas o sociedades laborales y los trabajadores autónomos colaboradores.

b) Estar en situación de alta en el RETA o en una mutualidad en el caso de las personas autónomas y estar legalmente constituida en el caso de las microempresas, antes del 14 de marzo de 2020.

c) Tener el domicilio fiscal y, en su caso, el centro de trabajo de la persona trabajadora autónoma o microempresa en un municipio de Cataluña.

d) Haber suspendido su actividad económica como medida derivada de la aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, o bien haber suspendido su actividad a consecuencia de haber sufrido una reducción drástica e involuntaria de más del 75 % de su facturación durante el período en que la actividad económica general haya sido suspendida, en comparación con el mismo período del año anterior, como consecuencia de los efectos de la Covid-19.

e) Presentar la declaración de otras ayudas que le hayan sido otorgados al amparo de las Decisiones de la Comisión Europea SA 56851 y SA. 57.019.


Información y apoyo en la tramitación
El equipo del MolletHub ofrece apoyo y asesoramiento en la tramitación de estas solicitudes al 935705160, a info@mollethub.cat o a través de herramientas telemáticas como Skype o similares.

Para más información, consulte la página web https://www.mollethub.cat/nous-ajuts-per-a-autonoms-i-microempreses/.

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