Recursos y herramientas para entidades deportivas Últimamente las entidades deportivas han estado expuestas a diferentes cambios normativos que afectan a su gestión diaria. Para ayudar a conocer y poner en orden las nuevas obligaciones, ponemos a disposición de los responsables de las entidades diferentes recursos de utilidad en lo que se refiere a obligaciones en materia administrativa, documental, de funcionamiento interno, laboral, de transparencia y fiscales. https://www.molletvalles.cat/@@site-logo/logo-mollet-del-valles-blanc.svg

Recursos y herramientas para entidades deportivas

Últimamente las entidades deportivas han estado expuestas a diferentes cambios normativos que afectan a su gestión diaria. Para ayudar a conocer y poner en orden las nuevas obligaciones, ponemos a disposición de los responsables de las entidades diferentes recursos de utilidad en lo que se refiere a obligaciones en materia administrativa, documental, de funcionamiento interno, laboral, de transparencia y fiscales.

Funcionamiento interno de las entidades deportivas

Se entiende por club deportivo o asociación deportiva, cualquier entidad privada con personalidad jurídica y capacidad de obrar, formada por personas físicas, cuyos objetivos básicos son el fomento, desarrollo y práctica continuada de la actividad física y deportiva , sin ánimo de lucro.

Los clubes o entidades deportivas se pueden dividir en:
  • Clubes de régimen simplificado (menos de 100 socios) con la obligación de tener estatutos de régimen simplificado, una constitución mínima de 3 personas fundadoras y dos figuras obligatorias, la presidencia y la secretaría.
  • Clubes de régimen general (más de 100 socios) con obligación de tener estatutos de régimen general, una constitución mínima de 3 personas fundadoras y una junta directiva de mínimo 3 personas.
  • Asociaciones deportivas escolares: un proyecto educativo dentro de una institución educativa.
En cualquier caso, los estatutos de los clubes o asociaciones deportivas deben ser aprobados por la asamblea general y ratificados por la administración deportiva correspondiente, a fin de poder inscribirse en el Registro de Entidades Deportivas de la Generalitat de Catalunya (ve a la web ).
El órgano supremo de gobierno de los clubs deportivos es la asamblea general, integrada por todos los socios de pleno derecho. La asamblea general debe escoger la junta directiva y todos sus cargos deben proveerse mediante sufragio libre, presencial, directo, igual y secreto, entre todos sus miembros. Toda nueva junta o cualquier modificación de la junta directiva debe comunicarse al consejo catalán del deporte.

Entidades con personas en contacto habitual con menores

El 28 de julio de 2015 se aprobó la Ley 26/2015 que impone la obligación de aportar certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales a toda persona que trabaje habitualmente con menores.
Toda persona que desarrolle una actividad que implique contacto con menores de edad deberá acreditar esta circunstancia.
El Registro Central de delincuentes sexuales está aún pendiente de creación aunque el Ministerio de Justicia dispone de seis meses desde la fecha de publicación. Mientras, la certificación deberá ser emitida por el Registro Central de Antecedentes Penales.

Obligaciones en materia de transparencia

Las entidades que reciben subvenciones o ayudas por más de 100.000€ anuales o más de 5.000€ y que al menos el 40% de sus ingresos proceda de subvenciones o ayudas públicas tienen obligaciones en materia de publicidad activa fruto de la ley 19/2014 de transparencia.
Las obligaciones de publicidad activa se refieren a la información institucional, organizativa y de estructura de la entidad (datos de contacto, estatutos y reglamentos internos, organigrama, relación de la junta directiva) y la información de relevancia económica (cuentas anuales aprobadas por asamblea, plan anual de actividades y presupuesto).

Obligaciones en materia laboral

Para ajustar la entidad a los parámetros que la legislación vigente considera relación laboral, es necesario tener claro qué tipo de vínculo tiene la entidad con los entrenadores, delegados y monitores que desarrollan su actividad en nuestra entidad.
La legislación considera que existe una relación laboral cuando existe algún tipo de retribución para desarrollar la tarea, cualquiera que sea la cantidad de este importe y con independencia de los días y horas que se desarrolle esta tarea.
Si la tarea se desarrolla de forma voluntaria o altruista, sin relación laboral o mercantil retribuida, pueden existir personas voluntarias. Este hecho, sin embargo, le supondrá a la entidad asumir diversas obligaciones para con estas personas:
  1. llevar un libro o registro de los voluntarios. Con la fecha de incorporación, tareas, capacitación y horario.
  2. elaborar un documento de compromiso con el voluntario. Con la relación de funciones, tareas, duración, derechos y deberes.
  3. contratar un seguro
  4. resarcir los gastos, si así se ha acordado y siempre que tengan relación con la tarea en la entidad. Se refiere a los gastos de vestuario (ropa, calzado), material, manutención y estancia, formación, transporte (peaje, aparcamiento, kilometraje, ya sea transporte público o privado).
  5. incorporar en los estatutos de la entidad la participación de voluntariado en el desarrollo de las actividades del club.

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