Código de buenas prácticas y buena conducta
El síndico, en el ejercicio de sus funciones, debe dar cumplimiento a las obligaciones inherentes al cargo que ostenta y actuar de acuerdo con los principios de la ética, la buena conducta y las buenas prácticas.
Este Código Ético se inspira, básicamente, en las directrices marcadas por la aprobación de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. En este sentido, y con el fin de prevenir cualquier cuestión relacionada con la integridad y las buenas prácticas en el seno de la sindicatura, es necesario establecer unos principios y unas reglas de conducta ética que vinculen e inspiren la actividad del síndico y del personal al su servicio.
En este contexto se entiende por buenas prácticas el conjunto de reglas, recomendaciones y compromisos que debe cumplir el síndico en el ejercicio de sus funciones, previniendo posibles problemas de integridad en su sentido ético y deontológico. En efecto, el/la síndico asume en el desarrollo de su labor un compromiso de responsabilidad con las propias actuaciones y de respeto por los derechos de las personas.
El síndico es una institución ética y socialmente responsable y respetuosa con la ciudadanía que se le dirige buscando amparo, y condena cualquier forma de corrupción, manifestando su firme compromiso con el cumplimiento de la legalidad sin tolerancia alguna hacia cualquier acto contrario a su Código Ético .
Las reglas que se incluyen a continuación se fundamentan en los principios y valores éticos de la sindicatura y se convierten, a partir de su aprobación, en una norma que debe respetar y cumplir el/la síndico/ay todas las personas que trabajan en el su servicio.