Servicio de Igualdad en los Trabajos


La igualdad en el lugar de trabajo puede definirse como la regulación equilibrada y justa de la vida laboral y su conciliación con la vida personal desde una perspectiva de género, haciendo hincapié en la mejora de la calidad de vida y en la distribución equitativa del tiempo, las cargas y de los beneficios del trabajo, de manera igualitaria.
La salud de las personas depende, en gran medida, de poder disponer de unas condiciones de vida dignas, lo que pasa por la regulación y mejora del ámbito laboral.
El aumento de la satisfacción, la vitalidad o el buen ambiente de trabajo son algunos de los beneficios de la aplicación de las políticas de equidad, que a la vez conllevan un incremento de la eficiencia y la productividad para la mejora del bienestar personal.
Visibilizar los trabajos no remunerados, como el trabajo doméstico, los cuidados o la gestión de las cargas familiares, nos acercará a un modelo de sociedad más justa e igualitaria en el que se reconozcan y redistribuyan las responsabilidades.
Las sociedades desarrolladas requieren un nuevo planteamiento de los usos y la organización de los tiempos sociales, de los modelos de producción y de cómo éstos influyen en la organización personal y familiar.
Dar valor al tiempo personal no significa renunciar a los valores del trabajo, sino regular las jornadas laborales teniendo en cuenta el peso que todos los demás ámbitos tienen en la persona. La vida personal, social, doméstica, reproductiva o familiar son esferas que influyen y determinan a la persona, lo que hay que tener en cuenta y reivindicar.
Más información en: Cuidados, tiempo y trabajos


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Unió Europea. Directiva 92/85/CEE
Unió Europea. Directiva 97/81/CE
Unió Europea. Directiva 2000/78/CE
Unió Europea. Directiva 2006/54/CE
Unió Europea. Reglament (UE) nº 1303/2013
Conferència Mundial sobre les Dones (Mèxic, 1975). CEDAW
Conferència Mundial sobre les Dones (Mèxic, 1975). Recomanació núm.35
57a Sessió de la Comissió per la Condició Jurídica i Social de la Dona. (CSW, 2013)
Conveni sobre prevenció i lluita contra la violència contra la dona i la violència domèstica del Consell d'Istanbul
2011
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Títol I de la Constitució espanyola
Article 53.1 de la Constitució espanyola
Reial decret legislatiu 5/2015, de 30 d’octubre
Reial decret legislatiu 2/2015, de 23 d’octubre
Llei orgànica 3/2007, de 22 de març
Reial decret llei 6/2019, d’1 de març
Reial decret 901/2020, de 13 d’octubre
Reial decret 713/2010, de 28 de maig,
Reial decret 902/2020, de 13 d’octubre
Llei orgànica 1/2004, de 28 de desembre
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Estatut d’Autonomia de Catalunya (2006)
Llei 5/2008, de 24 d’abril, del dret de les dones a erradicar la violència masclista
Llei 17/2015, de 21 de juliol, d’igualtat efectiva de dones i homes
Llei 19/2020, de 30 de desembre, d’igualtat de tracte i no-discriminació
Llei orgànica 3/2007, de 22 de març, i Llei 17/2015, de 21 de juliol