Prohibición de encender fuego en el bosque
Empieza la prohibición de hacer fuego en el bosque
A partir del 15 de marzo y hasta el 15 de octubre, ya no se puede encender fuego en terreno forestal. Con la entrada de la primavera y en ausencia de importantes lluvias, las condiciones favorables al fuego se incrementan y el número de incendios podría seguir siendo superior a la media de la época principalmente durante los episodios de viento.
No se puede encender fuego sin autorización
Autorización o comunicación para realizar actividades con riesgo de incendio forestal
Esta prohibición tiene por objetivo establecer una serie de medidas para prevenir los incendios forestales.
La norma regula que en los terrenos forestales, estén o no poblados de especies arbóreas, y en la franja de 500 metros que les rodea no se puede encender fuego cualquiera que sea su finalidad.
- No se pueden quemar restos de poda y de aprovechamientos forestales, agrícolas o de jardinería, ni márgenes cercanos a zonas forestales sin autorización expresa.
- No se pueden hacer fuegos de esparcimiento ni otros relacionados con la apicultura.
- Dentro de las áreas recreativas y de acampada y en parcelas de las urbanizaciones, se podrá hacer fuego cuando se utilicen barbacoas de obra con matachispas.
También queda prohibido:
Tirar objetos encendidos
Verter basura y restos vegetales e industriales de cualquier tipo que puedan ser la causa del inicio de un fuego
Lanzar cohetes, fuegos artificiales u otros artefactos que contengan fuego, utilizando sopletes o similares en obras realizadas en vías de comunicación que atraviesen terrenos forestales.